La Ley de Contratos del Sector Público sigue siendo un reto para el sector sanitario, ante lo que los Directivos de la Salud, en sus diferentes funciones profesionales, han de continuar trabajando para profesionalizar la compra pública en base al conocimiento y la experiencia que se vaya acumulando y profundizar en ambos sentidos en las posibilidades que aporta la Ley como una herramienta de planificación estratégica que aporte eficiencia y sostenibilidad. “Las exigencias legales no han conseguido simplificar los procesos de contratación pública, sino que han supuesto una demora en el cumplimiento de los objetivos que se tratan de conseguir en la provisión de bienes y servicios”, explica Dulce Ramírez, Vicepresidenta Primera de la Sociedad Española de Directivos de la Salud (SEDISA). “No obstante, abre o facilita explorar caminos nuevos para la innovación: posibilita la compra estratégica de medicamentos y tecnología sanitaria, se enfoca hacia la compra de medicamentos en términos de rendimiento y no de precio y establece el procedimiento de asociación para la innovación para una contratación pública más eficiente”.
En definitiva, aún queda mucho camino por andar y falta que el espíritu de la Ley y sus ambiciosos objetivos se integren en las líneas estratégicas de trabajo de los servicios de salud y de los centros sanitarios. Sea como sea, el nuevo modelo de contratación pública tiene como uno de sus fines esenciales posibilitar el tránsito entre la concepción de “gasto” de la compra pública hacia el concepto “inversión”, basado en el principio de eficiencia en la contratación, a través del establecimiento de la relación calidad-precio o coste eficiencia como el criterio por el que deben estar adjudicados los contratos públicos. “Esto debe llevar a la compra por valor y, en consecuencia, utilizar este punto para hacer una Gestión Sanitaria basada en valor”, añade Dulce Ramírez.
Analizar el Marco jurídico y estratégico de la Compra Pública en Salud, su utilización para la mejora de la Gestión Sanitaria, las implicaciones desde la perspectiva de la Salud Pública y los nuevos retos en el modelo de compra y gestión de medicamentos, ha sido el objetivo del Encuentro Digital Aplicación de la Compra Pública como Herramienta de Planificación Estratégica, organizado por SEDISA, con la colaboración de Sanofi, que tuvo lugar el pasado 1 de diciembre. A este respecto, Francisco Dolz, Gerente del Departamento de Salud Valencia – Hospital Dr. Peset y Presidente Agrupación Territorial SEDISA Levante, “la Ley de Contratos del Sector Público asegura la utilidad pública y la aportación de valor de la compra, además de reforzar la colaboración público-privada”. En el caso de la compra pública de innovación, Francisco Dolz afirma que “impulsa la mejora de los servicios públicos, la compra innovadora y la interiorización de la innovación”.
Durante el Encuentro, se presentó el proyecto inDemand, del Servicio Murciano de Salud, que da respuesta a la posibilidad que ofrece la Ley de Contratos del Sector Público de desarrollar modelos de compra en función de la demanda o de las necesidades y no desde lo que el mercado nos ofrece. “Para ello, hay que crear la cultura de la co-creación y de la innovación, así como la colaboración entre el sector público y el sector privado”, explica Juan Antonio Marqués, Director Gerente Hospital Universitario Reina Sofia de Murcia y Área de Salud VII de Murcia. “Por otro lado, si estamos decididos a comprar por valor tenemos que medir si el resultado esperado o la decisión de contratación se corresponde con la realidad, a lo que la tecnología aporta ya en el sector sanitario herramientas de apoyo para la toma de decisiones”.
José María Gimeno Feliu, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza:
“La creación de valor en salud (VBHC) debe ser parte de la estrategia de la contratación pública, armonizando tanto el valor clínico de las innovaciones terapéuticas promovidas por la industria, como también un valor económico para el propio sistema sanitario. De este modo, cada producto o servicio de salud que se adquiera ha de proporcionar también un beneficio económico que puede consistir en mayor eficiencia, reducción del gasto para los sistemas sanitarios o la ampliación del acceso a las terapias para más pacientes que se pueden beneficiar de ellas”.
“La adquisición de valor aconseja migrar del tradicional contrato de suministros al contrato de servicios que frente a la adquisición de cosas permite la compra de soluciones y de innovación al sistema. Es decir, de un modelo de pago por volumen o procedimiento a un modelo de pago en salud por resultado conseguido, que permite facilitar la cooperación con una mayor integración de las empresas en los procesos internos y externos del control del paciente y los resultados en salud”.