21 de septiembre de 2021- La Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR) y la Sociedad Española de Directivos de la Salud (SEDISA) han firmado este 15 de septiembre un Convenio Marco de colaboración que establece que ambas sociedades “desarrollan entre sus actividades una amplia labor de formación y difusión de conocimiento entre sus respectivos miembros y defendiendo los intereses profesionales de sus socios” especificando que “todo ello en el marco de trabajar por una sanidad de calidad y eficiencia”. Algunos de los escenarios en los que se llevará a cabo esta colaboración son la realización de documentos de interés común, la participación cruzada en actividades de ambas sociedades o el establecimiento de enlaces en las respectivas webs, entre otros.
La firma del convenio ha contado, en representación de SEPAR, con el Dr. Carlos A. Jiménez Ruiz, presidente de SEPAR; y con el Sr. José Soto Bonel, presidente de SEDISA.
“Este convenio supone un paso adelante para la colaboración habitual de dos Sociedades, SEPAR y SEDISA, que ya venían trabajando con una misma filosofía, aunque de forma separada. La colaboración estable que iniciaremos ahora nos permitirá redoblar los esfuerzos que ya veníamos realizando para formar a nuestros profesionales y defender sus intereses, siempre pensando en el bien de nuestros pacientes y de nuestra sanidad”, expone el Dr. Carlos A. Jiménez Ruiz, presidente de SEPAR.
“La firma de este convenio implica un marco de colaboración continuado entre nuestras sociedades, SEPAR y SEDISA, que materializa la necesidad de que profesionales sanitarios y directivos de la salud colaboren y creen sinergias para impulsar la sanidad hacia la calidad y la eficiencia que el Sistema Sanitario requiere”, afirma el Sr. José Soto Bonel, presidente de SEDISA.
Según el convenio marco firmado, “cada uno de los supuestos pactos de colaboración requerirá la elaboración de un Convenio Específico en el que se determinarán los fines propuestos y los medios necesarios para su realización” y para la ejecución de estos Acuerdos Específicos podrán constituirse subcomisiones paritarias.
Además, dichos Acuerdos se someterán a la aprobación de ambas partes y, al menos, contemplarán aspectos como la naturaleza del acuerdo, objeto del mismo y detalle de las actividades, competencias y obligaciones de las partes, presupuesto, normas de funcionamiento y facturación y calendario.
El Convenio Marco también prevé que, para llevar a cabo los acuerdos específicos, se puedan alcanzar acuerdos con otras instituciones como Fundaciones, Sociedades o Asociaciones Científicas y Centros de Investigación, tanto de carácter nacional como internacional, público o privado.
Finalmente, el Convenio Marco especifica que tendrá una duración de dos años, tras los cuales se prorrogará automáticamente, siempre y cuando ninguna de las dos entidades denuncie que quiere finalizarlo 30 días antes de expire el plazo de su renovación automática.